A raíz de las preguntas de los usuarios en nuestro artículo de la semana pasada sobre la extinción de condominio, vamos a tratar de resolver algunas de las dudas más frecuentes en materia de hipotecas cuyos titulares se separan o divorcian.
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Primero plantearemos las preguntas surgidas para a continuación tratar de responder a ellas:

Preguntas relacionadas con los avalistas de la hipoteca de la pareja que se separa

El problema más típico es cuando los padres han avalado la hipoteca de los hijos para comprarse la casa y hay una separación. Es recomendable que si avalan los padres de uno, también lo hagan los de la otra parte. La razón básica es que si después se separan los hijos, los problemas financieros son de ambas parejas, y se involucran todos en encontrar una solución.

Si la hipoteca no se paga correctamente, el banco puede intentar cobrar de los avalistas directamente, ya que responden exactamente igual que los titulares de la hipoteca, con todos sus bienes presentes y futuros.

Por tanto, el problema es familiar si hay avales por en medio, y en familia debe arreglarse el tema. Nada más lejos de la realidad pensar que por ser avalista primero irán contra la casa de los hijos.

Consultas referentes a renunciar a la casa a cambio de no pagar la deuda

Cuidado con morder la manzana prohibida. Si aceptáis firmar la extinción de condominio (y dejáis de ser propietarios de la casa) a cambio del compromiso de que la ex pareja pagará las cuotas de la hipoteca, sin que el mismo día se firme una nueva escritura de préstamo hipotecario en que se os quite de titular de la deuda, podéis tener graves problemas en el futuro.

Para solucionar el tema si se quiere ceder la casa a la otra persona, traspasar propiedad y deuda hipotecaria al mismo tiempo.

¿Es posible dar la vivienda al banco y quedarnos sin deuda?

Pregunta recurrente que tiene una respuesta clara: no es posible salvo que el banco lo acepte. Y el banco sólo aceptará una dación en pago si cree que le saldrá más barato que subastar el bien o ir contra los avalistas; eso sólo pasa si los deudores son inmigrantes sin familia ni bienes en España que van a volverse a su país de origen de todas formas o hipotecas de titulares totalmente insolventes y sin probabilidades de dejar de serlo en un futuro.

Disolución de la comunidad de bienes vía judicial

Un comentario hizo referencia a esta posibilidad. No vamos a profundizar en esta vía, pero hace referencia a la posibilidad de acudir al Juez para que disuelva la comunidad de bienes y adjudique la propiedad de la casa a uno de los cónyuges. El problema seguirá siendo la hipoteca, ya que se sigue debiendo a la entidad financiera por mucho que la titularidad del bien haya cambiado.

 

 

 

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