DISPONIBLE DESDE EL 04 JUNIO 2024. Alquiler temporal de piso en la Zona Esquerra de l´Eixample. Con 76 m2 distribuidos en salón, comedor, cocina independiente, 3 habitaciones individuales, 1 baño, 1 aseo y un balcón de 7m2. Ideal para compartir entre trabajadores o estudiantes amantes de la Ciudad, un piso luminoso, amplio y con todos los servicios a pie de la calle.
El edificio se encuentra en buen estado, lo que significa que el piso está listo para convertirse en tu hogar. Además, la ubicación es perfecta, con fácil acceso a las principales vías de la ciudad y rodeado de tiendas, restaurantes y lugares de entretenimiento.
Su proximidad a Plaça de Espanya donde se encuentran diferentes líneas de metro (L1 y L3), y autobuses V9, 141, H12,52, H10 permiten una rápida conexión con el resto de la ciudad. Otras zonas de interés: Parque Joan Miró. Este parque amplio y diáfano, es un gran pulmón lleno de posibilidades que sirve para que los vecinos y visitantes del Eixample Esquerra de Barcelona se relajen. Situado en el extremo sudoeste del barrio, ejerce de aperitivo ideal para adentrarse en la monumental Plaça Espanya.
Este piso brinda una buena oportunidad para vivir en una de las zonas más exclusivas de Barcelona. Contáctanos para programar una visita o hacer una reserva online.
DETALLES: TV, nevera, lavadora, microondas, horno, lavavajillas, vajilla, utensilios de cocina. WIFI INCLUIDO.
OBSERVACIONES: Precio mensual de alquiler 1.350€. En el alquiler están incluidos WIFI, los gastos de la comunidad, el seguro y el IBI. No están incluidos los honorarios de la agencia, el ITP, ni los consumos de agua, luz y gas.
Nota: Este alquiler es única y exclusivamente de temporada, para arrendamientos de uso diferente al de vivienda permanente. Los arrendatarios que opten o se interesen por este apartamento en alquiler, deben cumplir con las condiciones que se detalla en el Decreto Ley 6/2024, del 24 de abril. Siendo su causa de temporalidad la de: Ocio, Vacaciones, Recreativas (certámenes, congresos, ferias, festivales, eventos, etc. ) en nuestra ciudad. Dichas causas de temporalidad deberán acreditarlas. No se aceptan otro tipo de causas de temporalidad, como a fines profesionales, laborales, de atención o asistencia médica, de situaciones provisionales a la espera de entrega de vivienda o de regreso a la residencia habitual, o, por otros usos análogos que no sean diferentes a los de vivienda.