PROMOCIÓN: NO PAGUES ALQUILER hasta el 1 DE JULIO. Y además, ¡sin comisiones de agencia! Piso en alquiler de 2 o 3 dormitorios en Villajoyosa, provincia de Alicante. Situados en un área residencial del centro comercial y financiero de Villajoyosa con todos los servicios, estas luminosas viviendas de segunda mano completamente reformada desde 91 m² ofrecen muy buena conexión tanto por transporte público (con paradas de autobús cercanas y el tranvía a 15 minutos caminando) como privado y fácil acceso a las carreteras nacionales N-332a y N-332 y a la autopista libre de pago AP-7. Su cercanía a colegios, organismos públicos, parques, polideportivo María Baldo, supermercados, cafeterías, centro de salud, farmacias, el Club Náutico y la playa a 10 minutos caminando, la convierten en una propuesta inteligente a un precio accesible. En una opción para construir un hogar y entrar a vivir de inmediato. La viviendas se encuentran en la planta baja y segunda de un edificio construido en 2008. Tienen superficies desde 91 m² distribuidos en salón-comedor, 2 o 3 dormitorios, cocina y 2 baños. La cocina está equipada con muebles altos y bajos, placa vitrocerámica, horno y campana extractora. Además, cuentan con trastero en el mismo edificio. Por todo ello, estas viviendas en Villajoyosa representan una oportunidad para entrar a vivir con su familia. Con nuestros servicios podrá encontrar la vivienda que necesita. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. Promoción válida para contratos firmados antes de 31 de mayo de 2021 (incluido). Esta promoción no es acumulable. Condiciones válidas para inmuebles identificados en webs y portales con detalle promocional de campaña identificado en descriptivo del anuncio. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor.El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble.La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento.